REGLAMENTACIÓN GENERAL

ARTÍCULO 1º. APERTURA DE INSCRIPCIONES

La Federación Iberoamericana de Producción Cinematográfica y Audiovisual (FIPCA) y la Federación Iberoamericana de Academias de Artes y Ciencias Cinematográficas (FIACINE) abren la inscripción a personas nativas de países iberoamericanos y/o extranjeras que residan legalmente en Iberoamérica para los cursos de especialización de FORMA – Especialización en Cine y Artes Audiovisuales.

ARTÍCULO 2º. INSCRIPCIÓN

La inscripción deberá realizarse en forma virtual a través del formulario on-line disponible en la web de FORMA forma.com.es. Para el año 2024, se establece que la inscripción para el Curso de Especialización en Asistencia de Dirección estará abierta entre el 26 de agosto y el 20 de septiembre de 2024. Estas fechas podrán extenderse a criterio de las autoridades de FORMA. No se aceptarán inscripciones fuera de término. Las autoridades de la FORMA se reservan el derecho de ampliar o postergar la convocatoria acorde a lo determinado en el artículo 3° de la presente.

Al momento de realizar la inscripción deberá presentarse la siguiente documentación:

  • Información personal (Nombre, apellido, Documento de Identidad o pasaporte, nacionalidad, correo electrónico, teléfono, ciudad y país de residencia)
  • Síntesis curricular (máximo 500 caracteres)
  • Carta de presentación (donde dará cuenta de su motivación para cursar el curso de Especialización correspondiente)

ARTÍCULO 3º. PÚBLICO DESTINATARIO, VACANTES Y MODALIDAD DE INGRESO

Los cursos de FORMA – Especialización en Cine y Artes Audiovisuales son abiertos al público en general y poseen requisitos de estudios previos en cine y audiovisual o su equivalente en experiencia laboral en el medio audiovisual (excluyente). El programa está orientado a profesionales en actividad, técnicos y técnicas de la industria audiovisual iberoamericana, trabajadoras y trabajadores del sector audiovisual, así como a profesionales formados que buscan una especialización y formación de nivel avanzado.

Se admiten únicamente estudiantes con nacionalidad o residencia en países iberoamericanos. Para la selección se considerarán aspectos como la experiencia previa en el sector, la formación en audiovisual, el nivel de habilidades técnicas y creativas, así como la motivación y el interés demostrados por el programa.

Se establece un cupo mínimo de cuarenta (40) personas. De superarse este número en cantidad de personas pre-inscriptas existirá una evaluación de las postulaciones llevada a cabo por un comité evaluador integrado por FIPCA y FIACINE. Si el cupo no llegara a ser cubierto, las autoridades de FORMA podrán determinar si se reprograma, cancela el curso o posterga el calendario de clases establecido. 

ARTÍCULO 4º. ANUNCIO DE PERSONAS SELECCIONADAS Y DIFUSIÓN 

Por el hecho de participar en los cursos de FORMA – Especialización en Cine y Artes Audiovisuales cada persona postulante presta su conformidad, en caso de resultar seleccionada, para que se difunda su nombre en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine FORMA por tiempo indefinido. De igual forma cada persona postulante presta conformidad para que se grabe y utilice su posible intervención como parte de la grabación de las clases. Para 2024, las personas seleccionadas para integrar el Curso de Especialización en Asistencia de Dirección, serán anunciadas en el marco de Iberseries & Platino Industria por FIPCA y FIACINE entre el 1 y 4 de Octubre. La lista de personas seleccionadas serán informadas a los correos electrónicos indicados en su inscripción, y se comunicarán en las redes sociales de las federaciones mencionadas y en la página web de FORMA: https://forma.com.es/.

ARTÍCULO 5º. DE LA FUNDAMENTACIÓN, OBJETIVOS Y TÍTULO DE LOS CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN

5.1. Fundamentación

La Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA se compromete a favorecer la formación de especialistas en oficios audiovisuales, producción y gestión empresarial audiovisual, promover la incorporación y desarrollo de nuevas tecnologías, y fomentar la colaboración y el intercambio de conocimientos en la región.

Dirigido a una amplia gama de profesionales, desde técnicos y técnicas de la industria audiovisual hasta trabajadoras y trabajadores del sector, así como a profesionales ya formados que buscan una especialización de nivel avanzado, la especialización se concibe como un espacio de encuentro y crecimiento para todos aquellos involucrados en el ámbito del cine y las artes audiovisuales en Iberoamérica.

Con un enfoque claro en la satisfacción de las demandas del mercado laboral, la especialización se compromete a proporcionar una formación integral y actualizada que prepare a los graduados para desempeñarse con éxito en una amplia gama de oficios y trabajos calificados dentro de la industria del cine y las artes audiovisuales en la región iberoamericana. En este sentido, se busca no solo capacitar a los participantes en aspectos técnicos y creativos, sino también en habilidades específicas y adaptación a las nuevas tecnologías, asegurando así su inserción exitosa en el dinámico panorama laboral de la industria audiovisual en Iberoamérica.

La dimensión regional está asegurada por el ámbito de acción de las dos Federaciones iberoamericanas que impulsan el programa educativo, como son la Federación Iberoamericana de Producción Cinematográfica y Audiovisual (FIPCA) y la Federación Iberoamericana de Academias de Artes y Ciencias Cinematográficas (FIACINE), que poseen una acción expandida en el territorio.

5.2.  Objetivos de la Especialización

  1. Capacitar a los participantes en el uso de tecnologías y herramientas digitales avanzadas para la producción, postproducción y distribución de contenido audiovisual, adaptadas a las demandas y tendencias actuales del mercado.
  2. Facilitar oportunidades de networking y colaboración entre estudiantes, profesionales y organizaciones del sector audiovisual de Iberoamérica, fortaleciendo así la comunidad cinematográfica regional.
  3. Promover el intercambio de conocimientos, experiencias y buenas prácticas entre profesionales del cine y las artes audiovisuales de diferentes países iberoamericanos.
  4. Fomentar la creación y producción de obras audiovisuales innovadoras y de alta calidad que reflejen la diversidad cultural y social de la región iberoamericana.
  5. Satisfacer las necesidades del mercado laboral proporcionando una formación integral que prepare a los graduados para cubrir eficazmente las demandas de empleo en materia de oficios y trabajos calificados dentro de la industria del cine y las artes audiovisuales en Iberoamérica.


5.3. Titulación 

El título que se otorgará es de “Especialista” y se otorgará la Certificación de FIPCA y FIACINE mediante un Certificado. El título otorgado no es oficial. Para su obtención, deberá cumplirse con el régimen de asistencia y la aprobación de las evaluaciones que se exijan en cada curso de especialización.

5.4. Perfil de la persona egresada

Se espera que las personas egresadas estén preparadas para satisfacer las necesidades del mercado laboral en la industria del cine y las artes audiovisuales en Iberoamérica, gracias a una formación integral que cubre una amplia gama de oficios y trabajos calificados. Esto les permitirá ingresar al mercado laboral con las habilidades técnicas, creativas y empresariales necesarias para destacarse y prosperar en un entorno profesional exigente y en constante evolución. Las personas estudiantes adquirirán habilidades avanzadas en el uso de tecnologías y herramientas digitales, permitiéndoles llevar a cabo procesos de producción, postproducción y distribución de contenido audiovisual de manera efectiva y en línea con las demandas y tendencias actuales del mercado. Asimismo el fortalecer conexiones significativas entre las personas estudiantes, profesionales y organizaciones del sector audiovisual en Iberoamérica, generando oportunidades de networking y colaboración que contribuyan al crecimiento y desarrollo de la comunidad cinematográfica regional. La realización de los cursos de especialización también espera un aporte en el intercambio de conocimientos, experiencias y buenas prácticas entre profesionales del cine y las artes audiovisuales de diferentes países iberoamericanos, enriqueciendo así la diversidad y calidad de la producción audiovisual en la región. Todo ello redundará en la creación y producción de obras audiovisuales innovadoras y de alta calidad que reflejen la riqueza cultural y social de Iberoamérica, contribuyendo así al enriquecimiento del patrimonio cinematográfico regional. 

ARTÍCULO 6º. DE LOS CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN

La Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA, es un programa de formación continuo con una oferta de cursos de especialización en diferentes ramas, roles y oficios de la producción audiovisual en general. Cada curso tendrá una duración de dos meses, con el dictado de una clase semanal de entre 2 y 4 horas. En total cada curso tendrá entre 16 y 32 horas distribuidas en 8 clases dependiendo del contenido de los cursos y de las dinámicas que tendrán académicamente las clases. Las clases podrán quedar grabadas temporalmente para que puedan visualizarse nuevamente por las personas cursantes.

ARTÍCULO 7º. DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y DE PERSONAL

7.1. Autoridades

La Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA posee un Consejo Académico integrado por miembros de los órganos directivos de la la Federación Iberoamericana de Producción Cinematográfica y Audiovisual (FIPCA) y de la Federación Iberoamericana de Academias de Artes y Ciencias Cinematográficas (FIACINE): Diego Ramírez, Lucía Gaviglio, Hernán Findling, Mela Marquez, Monica Palmieri, Caupolican Ovalles, María Elena Wood. La dirección está a cargo del Presidente de la Federación Iberoamericana de Producción Cinematográfica y Audiovisual (FIPCA) Ignacio Rey y del Presidente de la Federación Iberoamericana de Academias de Artes y Ciencias Cinematográficas (FIACINE) Luis Arambilet. La Coordinación Ejecutiva está a cargo del Secretario Ejecutivo de FIPCA, Antonio López. La Coordinación Administrativa está a cargo del Tesorero de FIPCA, Gonzalo Elvira. La Coordinación General está a cargo del Director Gerente de FIPCA, Fernando Madedo. 

7.2. Coordinación de los Cursos de Especialización 

Cada Curso de Especialización está a cargo de una Coordinación. Cada Coordinación a cargo de los Cursos de Especialización tendrán las siguientes competencias y responsabilidades: 

a. Diseñar los programas y la metodología de trabajo de cada Curso de Especialización. 
b. Desarrollar la enseñanza de los programas diseñados. 
c. Acompañar el proceso de aprendizaje de las personas estudiantes. 
d. Evaluar los trabajos académicos de las personas estudiantes. 
e. Certificar la aprobación de los Trabajos Prácticos y evaluaciones obligatorias. 
f. Una vez finalizado el período de cursada y evaluación estipulado, la Coordinación elevará a la Coordinación General de FORMA el listado de estudiantes con su respectiva condición de aprobación.

Para el año 2024, se designa a Adriana Vior como Coordinadora del Curso de Especialización en Asistencia de Dirección.

7.3. Equipo Docente 

Cada Curso de Especialización contará con la participación de docentes invitados de diversos países, garantizando así una pluralidad de visiones y métodos de trabajo en Iberoamérica. Para el Curso de Especialización en Asistencia de Dirección que se abre en el año 2024 se designa al siguiente equipo docente: Confirmados: Fernanda Delpino (Argentina); Elena Valverde (España); Luis Bernardez (Argentina). Sujetos a confirmación: José Alfredo Montes Morales (México); Nury Jennifer Isasi Chiesa (Perú); Esteban Rey Cazez (Argentina); Javier Soto (España); Guilherme Camurati (Brasil); Bruno Perez (Brasil).

La Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA, se reserva el derecho de cambiar o modificar la nómina docente en cualquier momento y a su exclusivo criterio y sin previo aviso.

ARTÍCULO 8º. MODALIDAD DE CURSADA

La Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA es de cursado virtual. Con la intención de mantener la interacción de estudiantes y docentes de la presencialidad se realiza en vivo y en directo por transmisión de videoconferencia en modalidad sincrónica. Para atender los distintos husos horarios de los países que integran la región y contemplar la actividad profesional de las personas estudiantes, las clases serán grabadas y quedarán disponibles durante 7 días hasta la realización de la siguiente clase, con la intención de que puedan ser cursadas en los días y horarios de mayor conveniencia de la persona estudiante.  

La metodología de dictado de los cursos será teórico-expositiva empleándose distintos recursos tecnológicos como presentaciones de diapositivas, exhibición de fragmentos de obras audiovisuales o utilización de equipamiento tecnológico para la producción y postproducción audiovisual. Asimismo podrán realizarse prácticas que permitirán la incorporación de conocimientos por medio de la experimentación. 

ARTÍCULO 9º. DÍAS Y HORARIOS DE CURSADA

Durante 2024 el Curso de Especialización en Asistencia de Dirección se realizará los días Sábados en el horario 9:00 CST. El horario de cursado según husos horarios en Iberoamérica es el siguiente y corresponde al horario del día de inicio del curso, pudiendo variar en el transcurso de la cursada:

  • GMT-6 Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, México: 9:00
  • GMT-5 Colombia, Ecuador, Panamá, Perú: 10:00
  • GMT-4 Bolivia, Chile, Cuba, Paraguay, Puerto Rico, República Dominicana, Venezuela: 11:00
  • GMT-3 Argentina, Brasil y Uruguay: 12:00
  • GMT+1 Portugal: 16:00
  • GMT+2 España: 17:00

Puede consultarse el huso horario correspondiente a su ciudad de residencia en el siguiente enlace:

https://www.timeanddate.com/worldclock/fixedtime.html?msg=FORMA+-+Especializaci%C3%B3n+en+Cine+y+Artes+Audiovisuales&iso=20240826T09&p1=155&ah=

ARTÍCULO 10º. CATEGORÍAS DE ESTUDIANTES Y REGULARIDAD

10.1. Cumplimiento 

Quien ingresa en calidad de estudiante en cualquiera de las categorías debe cumplir con todos los requisitos establecidos por las reglamentaciones oficiales, así como los que fija esta Especialización, formalizando su compromiso de aceptar sus fines y las normas que rigen su funcionamiento en oportunidad de inscribirse.

10.2. Las categorías de estudiantes serán:

a) Aspirante: se denomina aspirante a quien se inscribe a los cursos de especialización para participar, cumpliendo todos los requisitos de documentación a presentar. 

Ingresante: se denomina ingresante a la persona aspirante que ha cumplido satisfactoriamente la instancia de evaluación de ingreso y formará parte del curso de especialización de FORMA.

d) Estudiante regular: quien reúne los siguientes requisitos: Cumplir la escolaridad a tenor del programa de estudios; aprobar la totalidad de las obligaciones académicas durante la vigencia de su escolaridad y mantener el presentismo.

10.3.  Regularidad

Para que las personas estudiantes mantengan su condición de estudiante regular es obligatorio el cumplimiento de la escolaridad. Se entiende por escolaridad:

a) El cumplimiento de la asistencia a clase;

b) La aprobación de las evaluaciones parciales, monografías, prácticas profesionales, actividades de investigación, trabajos prácticos obligatorios u otros trabajos que se exijan.

10.4.  Régimen de asistencia

La asistencia a las clases teóricas y prácticas es obligatoria para estudiantes regulares. Las inasistencias -aún debidamente justificadas- no deberán exceder el veinticinco por ciento (25%) del número total de clases dictadas en el curso de especialización. Se entiende por “clases dictadas” las teóricas y prácticas previstas en la intensidad horaria semanal del programa de estudios correspondiente, y en el calendario académico aprobado.

10.5.  Recuperación de la escolaridad por inasistencias.

a) En el caso de que una persona estudiante no haya cumplido el setenta y cinco por ciento (75%) de asistencia quedará libre y perderá su condición de estudiante regular;

b) Si hubiera cumplimentado al menos el cincuenta por ciento (50%) de asistencia, la Coordinación del curso de especialización podrá disponer se recupere la escolaridad perdida por inasistencias sean éstas producidas por causas graves debidamente documentadas. La recuperación se realizará mediante clases recuperatorias, trabajos prácticos y/o monografías. La persona estudiante deberá solicitar la recuperación durante el tiempo de dictado del curso de especialización.

10.6.  Inasistencia de docentes.

Las personas estudiantes deben aguardar la asistencia de docentes como mínimo quince minutos por hora o treinta por bloque de dos horas, desde la hora fijada para el comienzo de la clase. Si no concurrieren, la Coordinación del curso de especialización o autoridad competente dispondrá el registro de la asistencia y las actividades a desarrollar.

10.7.  Lista de asistencia.

La lista de asistencia tiene que cerrarse con la firma de la autoridad competente. La Coordinación General relevará el registro de asistencias y ausencias en la planilla oficial del curso de especialización. No se admitirán espacios o casilleros en blanco, tachaduras, raspaduras o enmiendas que no estén debidamente salvadas al pie de la lista con la firma de la persona responsable. 

ARTÍCULO 11º. EVALUACIONES PARCIALES, MONOGRAFÍAS, PRÁCTICAS PROFESIONALES, ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN U OTROS TRABAJOS QUE SE EXIJAN.


11.1. Régimen de aprobación

Cada Coordinación podrá elegir el régimen de aprobación del Curso de Especialización, siendo por definición cada una de ellas de promoción directa.

a) Las Coordinaciones de cada Curso de Especialización dispondrán la realización de por lo menos una (1) obligación académica;

b) En caso de ausencia deberá realizarse un recuperatorio de cada una de dichas obligaciones;

c) La Coordinación podrá disponer que se re-haga la obligación en caso de no ser satisfactoria y a los efectos de mejorar la incorporación de conocimientos por parte de la persona estudiante.

11.2. Sistema de calificación

Las evaluaciones serán calificadas como aprobadas o no aprobadas. En caso de no ser aprobada alguna obligación académica podrá ser recuperada de acuerdo a lo indicado en el programa de estudios del curso de especialización que se curse y lo indicado por su Coodinación. 

11.3. Inapelabilidad

Las decisiones de la Coordinación de cada curso serán definitivas e inapelables en su calificación.

ARTÍCULO 12º. PROGRAMA DE ESTUDIOS

Cada docente a cargo de la Coordinación de los Cursos de Especialización, deberá entregar en tiempo y forma el programa de cada obligación académica, el cual contendrá:

  1. Nombre de la Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA;
  2. Nombre del Curso de Especialización;
  3. Composición de cátedra;
  4. Fundamentación del Curso de Especialización;
  5. Los objetivos generales y específicos;
  6. La cantidad de horas semanales y totales;
  7. Los módulos temáticos;
  8. La bibliografía general y específica;
  9. El cronograma de clases;
  10. Las evaluaciones parciales, monografías, prácticas, actividades de investigación  u otros trabajos que se exijan.

ARTÍCULO 13º. EQUIVALENCIAS

Los contenidos y las obligaciones académicas aprobadas en otras instituciones educativas, no podrán ser reconocidas como equivalentes, siendo obligatoria la cursada y aprobación de la totalidad de los contenidos dictados en cada curso de especialización.

ARTÍCULO 14º. ARANCELES

Los Cursos de Especialización ofrecidos en la Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA constan del pago de un arancel que podrá abonarse en un solo pago o en dos cuotas consecutivas. 

14.1. Valores

Para el año 2024, FORMA establece un arancel de 110 USD (ciento diez dólares estadounidenses) para el Curso de Especialización en Asistencia de Dirección que podrá ser abonado en dos cuotas consecutivas de 55 USD (cincuenta y cinco dólares estadounidenses)

14.2. Becas

Las autoridades de FIPCA y FIACINE definirán bajo su único criterio la cantidad y modalidad de becas a otorgar para cada curso de especialización. Su decisión será inapelable. Para acceder a una beca deberá presentarse una carta de aval emitida por una asociación de productores asociada a FIPCA o por una Academia federada a FIACINE, la cual deberá ser adjuntada en el Formulario de Inscripción.

14.3. Alcance

La Especialización en Cine y Artes Audiovisuales FORMA, es de cursado individual y las clases no deberán compartirse con nadie más a fin de conformar una red de pago justa y equilibrada. 

14.4. Disponibilidad técnica

La Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA, no se responsabiliza por la disponibilidad técnica de la plataforma utilizada para el dictado de clases virtuales, aunque realizará todos los intentos técnicos razonables destinado a garantizar una visualización de calidad en el tiempo y forma establecido. Los sistemas operativos recomendables para el acceso a las clases virtuales son: IOS-ANDROID. Las mismas podrán visualizarse a través de computadoras, tablets y smartphones. Será necesario contar con un usuario y contraseña para realizar la visualización de la clase. Estas credenciales de acceso serán brindadas por las autoridades de FORMA y sus docentes oportunamente.

14.5. Materiales de estudio

Los materiales de estudio, materiales e insumos para trabajos prácticos, etc., y todo gasto relacionado correrán a cuenta de la persona estudiante.

14.6. Pago

El pago y la facturación serán realizados a través de PAYPAL, los términos y condiciones de uso se encuentran a disposición en https://www.paypal.com/pa/legalhub/useragreement-full

ARTÍCULO 15º. DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

Las personas estudiantes que afecten en cualquier medida al prestigio de la Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA o de sus instituciones organizadoras, que violen reglamentos vigentes, quienes faltaren el debido respeto o injuriare al cuerpo docente o autoridades, cometiere un delito que lesionare el patrimonio público, adulterare o falsificare documentos académicos, actas, exámenes, realizare actos de violencia de género, actos de discriminación, agrediere físicamente o psicológicamente a otras personas estudiantes, docentes o autoridad, se encuentran sometidas a la aplicación de sanciones disciplinarias por parte de sus autoridades.

Las clases de la Especialización en Cine y Artes Audiovisuales – FORMA, no podrán ser registradas sonora ni audiovisualmente. La persona estudiante acepta no grabar, reproducir, distribuir, modificar, mostrar, ejecutar, publicar, otorgar licencias, crear obras derivadas basadas en los contenidos de las clases, u ofrecerla en venta, o usar contenido e información contenida en u obtenida de nuestras clases.

ARTÍCULO 16º. SANCIONES

Las actuaciones por actos de indisciplina serán iniciadas ante la Coordinación General ya sea por denuncia escrita, u oral ratificada por la persona denunciante dentro de las cuarenta y ocho (48) horas o de oficio. Comprobada la existencia del hecho de indisciplina y determinadas las responsabilidades de la persona estudiante o de las personas estudiantes implicadas, previa vista de descargos a las mismas, se graduarán las sanciones de acuerdo con los antecedentes y condiciones personales de las personas responsables, las circunstancias en que se cometió el acto y la gravedad de los perjuicios ocasionados. Se establecen las siguientes sanciones: a) Apercibimiento; b) Suspensión; c) Expulsión.

ARTÍCULO 17º. DECLARACIÓN

Declaro bajo juramento que los datos consignados en el formulario de inscripción son correctos, completos y fiel expresión de la verdad, comprometiéndome a comunicar en forma fehaciente a FORMA cualquier cambio que se produzca sobre los mismos.

ARTÍCULO 18º. ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO

El solo hecho de postularse mediante el formulario de inscripción implica por parte de las personas postulantes la aceptación de todas las normas de la presente Reglamentación General.

ARTÍCULO 19º. IMPREVISTOS

Cualquier circunstancia no contemplada en las normas anteriores será resuelta, a su discreción, por la Federación Iberoamericana de la Producción Cinematográfica y Audiovisual (FIPCA) y la Federación Iberoamericana de Academias de Artes y Ciencias Cinematográficas (FIACINE).

ARTÍCULO 20º. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Cualquier discrepancia que surja sobre lo establecido en el presente Reglamento o sobre la interpretación del mismo o de los compromisos que se deriven de este, será resuelta mediante negociaciones amigables. Si Las Partes no llegasen a un acuerdo, con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, someterán sus discrepancias a los Juzgados y Tribunales competentes de Madrid, España.

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